El mercado

Las industrias generan una gran parte de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), contribuyendo al calentamiento global. La transición a prácticas industriales más limpias implica reducir el uso de combustibles fósiles y adoptar tecnologías más eficientes y sostenibles. 

Las políticas de descarbonización promueven la eficiencia energética y el uso de energías renovables, disminuyendo la dependencia de recursos no renovables y aumentando la seguridad energética. La descarbonización de la industria es esencial para cumplir con los objetivos de reducción de emisiones y evitar las peores consecuencias del cambio climático, protegiendo así los ecosistemas y la biodiversidad. 

Antecedentes

En 2015 todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas (ONU), en el marco de la COP21 de París, aprobaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en la cual se establece un plan para alcanzar dichos objetivos en el plazo de 15 años (Agenda 2030, para el Desarrollo Sostenible). Los ODS constituyen un llamamiento universal a la acción para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y mejorar las vidas y las perspectivas de las personas en todo el mundo. Se interrelacionan e incorporan los desafíos globales a los que nos enfrentamos día a día, como la pobreza, la desigualdad, el clima, la degradación ambiental, la prosperidad, la paz y la justicia. Son, en definitiva, el plan maestro para conseguir un futuro sostenible a nivel global. 

Tomando como hilo conductor la Agenda 2030, la Unión Europea (UE) ha establecido una serie de objetivos estratégicos para transformar la región en una economía más sostenible, ecológica e igualitaria. Mediante el Reglamento 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021, se establece el marco estratégico de la Comisión Europea para el cumplimiento de los objetivos medioambientales, energéticos y climáticos en el año 2050, el denominado Plan 2050 de la UE, que busca la neutralidad climática para dicho año. En la exposición de motivos del reglamento se establece un objetivo vinculante de llegar a una economía climáticamente neutra con la reducción progresiva e irreversible de las emisiones antropógenas de Gases de Efecto Invernadero (GEI), y el incremento de las absorciones de estos mismos gases por los sumideros regulados en el Derecho de la Unión. Con ello se fomenta, en definitiva, una economía más sostenible, tanto en la producción como en el consumo, en un proceso paulatino de descarbonización que supondrá la independencia energética respecto de los combustibles fósiles. 

La búsqueda de la neutralidad climática también está en consonancia con el compromiso de la UE con la acción climática global en virtud del Acuerdo de París. Por ello, los Estados miembros de la UE han desarrollado estrategias nacionales a largo plazo sobre cómo planean lograr las reducciones de emisiones de GEI necesarias para cumplir sus compromisos en virtud del citado Acuerdo de París y el objetivo de neutralidad climática de la UE. La UE presentó su estrategia a largo plazo a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en marzo de 2020. 

Por otro lado, las estrategias a largo plazo deben ser coherentes con los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC) que los Estados miembros han establecido para el período 2021–2030. 

En el contexto nacional, España ha establecido su propio marco estratégico a través del correspondiente PNIEC. Este plan, alineado con las directrices de la UE, establece objetivos específicos para la reducción de emisiones, la incorporación de fuentes de energía renovable y la mejora de la eficiencia energética. La PNIEC de España no solo busca contribuir al cumplimiento de los compromisos europeos, sino también aprovechar las oportunidades económicas asociadas con la transición hacia una economía digitalizada y baja en carbono. La diversificación de la matriz energética, el impulso de la movilidad sostenible, la renovación de edificaciones y la modernización de la industria son algunos de los pilares fundamentales de la PNIEC española. 

En resumen, tanto el Plan 2050 de la UE como la PNIEC de España reflejan la urgencia y la determinación compartida de abordar el cambio climático. Estas iniciativas no solo representan una respuesta estratégica a los desafíos ambientales, sino también una oportunidad para redefinir y fortalecer las bases de la prosperidad y el bienestar a largo plazo. 

La transición hacia la neutralidad climática antes de 2050 supone una profunda transformación del sistema, que pasará a estar alimentado, fundamentalmente, por recursos renovables. No obstante, el carácter variable y estocástico de algunas de estas fuentes energéticas hace necesario contar con diversas herramientas que confieran flexibilidad al sistema, que pasan, necesariamente, por la digitalización y el propio almacenamiento energético. La idea central es, por lo tanto, contar con la posibilidad de almacenar, de la forma más eficiente posible, los excedentes de producción y controlar de forma automática, mediante herramientas de Inteligencia Artificial (IA), toda la red de generación, transporte y distribución energética. 

Almacenamiento energético y desarrollo normativo

Los desarrollos normativos que se han producido tanto en el ámbito de la Unión Europea como sus correspondientes trasposiciones a nivel estatal subrayan la importancia que el almacenamiento energético tiene en la transición hacia una economía más sostenible y la integración de energías renovables en el sistema eléctrico, de suerte que se pueda conseguir el objetivo de descarbonización de forma generalizada. 

Sin embargo, a pesar de este apoyo normativo, las estructuras del estado no han estado en consonancia. No ha sido hasta fechas muy recientes en la que se ha promulgado un Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) para abordar de forma efectiva los retos que se plantean en la transición ecológica y la lucha contra el cambio climático. El Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo de 2024, que modifica el Real Decreto 1009/2023, establece, entre otras cosas, la creación de comisionados específicos para Energías Renovables, Ciclo del Agua y Economía Circular. 

Respecto al almacenamiento energético, el Real Decreto establece, específicamente, un Comisionado para las Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento, encargado de promover la correcta ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este comisionado se ocupa de la divulgación y promoción de políticas y planes para la transformación de las cadenas de valor de la transición energética para asegurar un suministro energético seguro, sostenible y asequible. 

No cabe duda de que este RD es fundamental para la estructura y operatividad del MITECO, ya que define y clarifica las funciones y competencias de las diversas direcciones y subdirecciones generales. 

Veamos a continuación, brevemente, el marco regulatorio destacando algunas de las normas, leyes y decretos más relevantes en el ámbito que nos ocupa. 

a) Directivas de la Unión Europea 

  • Directiva 2018/2001 de la Unión Europea. Establece metas ambiciosas para el aumento de energías renovables y promueve el almacenamiento energético como parte esencial de la estrategia. Fue transpuesta a la legislación española mediante varios instrumentos legales. Uno de los principales es el Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso y la conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, incorporando así disposiciones de la directiva sobre el fomento de energías renovables y la eficiencia energética. 
  • Directiva 2019/944 (EU) de la Unión Europea, que regula la participación del almacenamiento de energía en el mercado eléctrico, incluida la prestación de servicios de flexibilidad en igualdad de condiciones con otros recursos energéticos. ha sido transpuesta a la legislación española a través del Real Decreto Ley 23/2020, y establece las bases para la integración de las energías renovables y la descarbonización de la economía. 

b) Reales Decretos y Normativa Estatal 

  • Real Decreto 17/2019, que establece medidas urgentes para adaptar los parámetros retributivos del sistema eléctrico y facilitar el cese de actividad de centrales térmicas, impulsando así la transición a un sistema energético neutro en emisiones. 
  • Real Decreto Ley 23/2020. Se incorporan en la Ley del Sector Eléctrico y establece un marco regulatorio actualizado para facilitar la integración de tecnologías de almacenamiento energético e hibridación con instalaciones de generación renovable. Este RD viene a modificar el RD 1955/2000, que regulaba las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. 
  • Real Decreto 1183/2020, que desarrolla reglamentariamente el artículo 33 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y regula por primera vez el acceso a las redes para las instalaciones de almacenamiento que inyecten energía a la red, permitiendo la hibridación de plantas de producción nuevas o existentes con sistemas de almacenamiento. Además, para fomentar su implementación, se determinó que, en el contexto de los concursos de capacidad, se podría considerar la incorporación de instalaciones de almacenamiento como un criterio valorativo. 
  • Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030: Este plan establece objetivos y políticas para incrementar el almacenamiento energético, asegurando la integración eficiente de energías renovables en el sistema eléctrico. Incluye incentivos económicos y medidas regulatorias para promover el desarrollo de infraestructuras de almacenamiento. 
  • Real Decreto Ley 8/2023, que introduce un régimen de garantías financieras para instalaciones de almacenamiento de energía. Según este decreto, se requiere una garantía económica de 20 euros por kW solicitado para el acceso y conexión de estas instalaciones. Este régimen está actualmente en proceso de ser modificado a través de un proyecto de ley, que busca eliminar la dualidad de garantías, un cambio esperado por el sector para facilitar el desarrollo del almacenamiento energético en España. 

 

c) Estrategia estatal sobre almacenamiento energético. 

  • Además de lo expuesto, y en consonancia con los intereses por propiciar una transición efectiva, a principios del año 2021, el consejo de ministros, a propuesta del MITECO, aprobó la Estrategia de Almacenamiento Energético que será clave para garantizar la seguridad, calidad, sostenibilidad y economía del suministro energético procedente de energías renovables. Se centra en desarrollar métodos eficientes para capturar y almacenar energía, permitiendo su uso cuando más se necesita. Involucra tecnologías como baterías, hidrógeno verde, y sistemas de almacenamiento térmico y mecánico para optimizar la gestión de recursos energéticos renovables y mejorar la estabilidad de las redes eléctricas. De forma explícita, la estrategia contempla disponer de una capacidad de almacenamiento de unos 20 GW en 2030 y alcanzar los 30 GW en 2050, considerando tanto almacenamiento a gran escala como distribuido. 

     

    Este marco normativo refleja el compromiso de España con los objetivos de la Agenda 2030 y el Acuerdo de París, orientando al Estado hacia un futuro más sostenible y energéticamente independiente. 

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